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¿Está más cerca el retiro del tercer 10%?

¿Qué se aprobó?

La instancia aprobó la propuesta que modifica la Constitución, en sus normas permanentes, y que faculta al Congreso Nacional a tener iniciativa para autorizar el retiro de fondos provisionales en estados de excepción por catástrofe.

¿Cuánto quórum necesita para su aprobación?

Este proyecto aprobado por la comisión de Constitución se hará a través de una modificación a las normas permanentes de los capítulos 4 y 5 de la Carta Fundamental, que requiere para su aprobación en Sala de un quorum de 3/5 (92 votos a favor).

¿Cómo estuvo la votación? 

Por siete votos a favor y seis en contra de la nueva redacción que busca sortear los considerandos del Tribunal Constitucional en la tramitación del pasado proyecto de segundo retiro.  Lo anterior, se entiende que el gobierno llevará el proyecto al Tribunal Constitucional (TC) por ende, se basaron en mucho de ese proyecto para evitar las mayores barreras en el proceso.

¿Qué pasará con los pensionados con rentas vitalicias? 

De igual modo, aunque con mayores posturas contrarias, se aprobó que los pensionados por rentas vitalicias, podrán por una vez y de forma voluntaria adelantar el pago de sus rentas hasta por el monto equivalente al diez por ciento de los fondos originalmente traspasados a la respectiva compañía de seguros, estableciéndose como monto máximo de pago por adelantado 150 unidades de fomento.

¿Cuál fue la intervención del ministro Ossa?

Dentro de la sesión, el ministro de la Secretaría General de la Presidencia, Juan José Ossa, hizo presente la reserva de constitucionalidad señalando que se infringen varias normas constitucionales en la indicación sustitutiva aprobada y en lo referido a rentas vitalicias, señalando que se deja a miles de chilenos sin pensión a futuro y que el derecho a la seguridad social no puede presentar regresividad, entre otros puntos.

¿Y ahora qué?

Tras esta aprobación, la discusión se traslada a la sala de la Cámara de Diputadas y Diputados, de ser aprobada seguirá su trámite legislativo en la comisión del Senado para posteriormente ser votada en el pleno del Senado. Aunque, es importante recordar que si el proyecto es considerado inconstitucional por el TC no puede seguir su curso legislativo.

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