La medida forma parte del avance de la Reforma de Pensiones y no afecta las remuneraciones de trabajadores y trabajadoras.
¿Desde cuándo deben cotizar los empleadores el 1% adicional?
A contar de las remuneraciones de agosto, todas las empresas deben comenzar a cotizar el 1% adicional establecido por la Reforma de Pensiones. El pago se puede efectuar hasta el 13 de septiembre a través de la plataforma electrónica Previred. Así lo recordaron la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Maribel Torrealba Retamal, y el Director Regional (s) del IPS Maule, Luis Martínez Villa.
¿Qué considera esta cotización adicional?
La nueva cotización forma parte de la implementación de la Ley 21.735, que contempla un incremento gradual en las cotizaciones entre 2025 y 2033. Según explicó la Seremi, este 1% se distribuirá de la siguiente manera:
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0,1% se integrará a las cuentas individuales de AFP, aumentando el ahorro previsional.
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0,9% se destinará al nuevo Seguro Social, que financiará la Compensación por Expectativa de Vida para las mujeres, reduciendo así la brecha previsional derivada de su mayor longevidad.
“Este aumento no afecta las remuneraciones de los trabajadores y contribuirá a lograr pensiones más equitativas”, enfatizó la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Maribel Torrealba Retamal.
¿Cómo y dónde declarar esta cotización?
Según el Director Regional (s) del IPS Maule, Luis Martínez Villa, “la declaración y pago se realizará a través de Previred, en los mismos plazos y mecanismos ya establecidos para las cotizaciones actuales”.
Esto implica:
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Si el pago es manual, el plazo es hasta el 10 del mes siguiente.
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Si el pago es electrónico, el plazo se extiende hasta el 13 del mes siguiente.
¿Qué deben considerar los empleadores?
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Aquellos que declaran directamente en Previred, verán disponible la opción del nuevo Seguro Social para las remuneraciones de agosto automáticamente.
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Quienes usan software de remuneraciones o cargas masivas, deben actualizar sus archivos con nuevos campos, según lo indicado en www.previred.com.
¿Dónde obtener más información?
El Instituto de Previsión Social (IPS) ha habilitado todos sus canales de atención, incluidos los de la red ChileAtiende, para apoyar a empleadores y trabajadores.
Se puede acceder a más información en:
👉 www.ips.gob.cl
👉 www.chileatiende.cl
👉 www.lareformadepensiones.cl
Instituto de Previsión Social, comprometido con una vejez digna y un sistema más justo.